lunes, 16 de marzo de 2015

¿Qué es la ley de segunda oportunidad?

Por Patricia Baños

El Pleno del Congreso ha convalidado esta semana el decreto ley de Segunda Oportunidad, que pretende ofrecer una posibilidad a las personas físicas y pymes sobreendeudadas de buena fe para que puedan retornar a la economía productiva y no tengan que arrastrar una deuda de por vida.

El decreto revisa la fase de negociación extrajudicial, en la que el deudor puede intentar acordar con los acreedores una reestructuración de su deuda, apoyado por un mediador concursal, de modo que el procedimiento se ajuste a las especificidades de pymes y personas físicas.

En caso de que esta opción no prospere, se acudirá al concurso de acreedores, que podrá acabar en la exoneración de las deudas pendientes tras la liquidación siempre y cuando se hayan pagado los créditos no privilegiados, contra la masa y, si no se ha intentado el acuerdo extrajudicial, el 25% de los créditos ordinarios.

Si no se ha podido cumplir esos objetivos, el juez puede imponer al deudor un plan de pagos a cinco años, durante los cuales el crédito hipotecario tendrá un tipo equivalente al Euríbor más el 0,25%. Si el plan se cumple, el ciudadano quedará liberado del resto de su deuda.

No obstante, acogerse a esta opción supondrá también figurar durante cinco años en un registro público.

Para evitar que la segunda oportunidad afecte a la cultura de pago de las deudas o encarezca los costes de financiación de familias y empresas, el Gobierno ha introducido ciertas salvaguardas, como limitar a diez años la frecuencia con la que se pueda acudir esta posibilidad, introducir el control jurisdiccional o reforzar las exigencia de buena fe, entre las que se cuentan no haber rechazado un puesto de trabajo apto en los últimos cuatro años.

Además, se considerarán ciudadanos especialmente vulnerables los mayores de 60 años y también se eleva el precio pagado por el inmueble, de modo que más personas puedan beneficiarse de las medidas de reestructuración, quita o dación en pago que prevé el Código, previa negociación con la entidad financiera.

El Ejecutivo también amplía estas medidas, ya que quienes cumplan los requisitos del Código verán eliminadas las cláusulas suelo de sus contratos hipotecarios (incluso aunque se hayan acogido a la segunda oportunidad), si bien no será con efectos retroactivos ni se les devolverá ninguna cantidad abonada por este concepto.

Igualmente, se amplía por dos años, hasta 2017, la moratoria a las ejecuciones hipotecarias para que quienes cumplen las condiciones exigidas no pierdan su vivienda, si bien durante ese tiempo seguirán acumulando intereses de demora en su deuda.

Son medidas, sin duda, que benefician al ciudadano y eran necesarias para poder empezar a salir de esta época de crisis, pero ¿no se podía haber hecho antes esta reforma? ¿Es necesario que sea año de elecciones para ayudar a gente que de verdad lo necesita?

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